| Valor | Categoría |
|---|---|
| 1 | Público |
| 2 | Privado |
| 88 | Otro |
| Sysmiss |
| Nombre |
|---|
| Público: considere en esta categoría todos los centros de salud que brindan el servicio de la CCSS, desde los de primer nivel de atención en salud como los EBAIS (Equipos Básicos de Atención Integral en Salud), los de segundo nivel de atención como las clínicas públicas y los hospitales (incluya hospitales periféricos, regionales y nacionales), ATAP, puestos de visita periódica, campañas de vacunación, entre otros. |
| Privado: considere en esta categoría todos los centros de salud (clínicas, hospitales, farmacias y consultorios de carácter privado, regulados por el Ministerio de Salud, de acuerdo con la Ley General de Salud y el Reglamento General de habilitación de servicios de salud y afines (Presidencia de la República, Decreto Ejecutivo No. 39728-S). Dentro de estas se incluye a las clínicas de odontología, laboratorios clínicos y consultorios médicos especializados, así como de psicología clínica, quiropráctica, entre otras. Incluya en esta categoría los servicios brindados por fundaciones, organizaciones o asociaciones que brindan atención en salud sin ánimo de lucro. |
| Otro: Incluye lugares donde se imparta medicina tradicional indígena; así como homeopatía, acupuntura, aromaterapia entre otras formas de medicina alternativa. |