Definición
Condición de actividad: distingue a las personas de 18 años y más de acuerdo a su participación en el mercado laboral, según desempeñen o no una actividad económica, o bien, hayan buscado o no realizar una actividad durante el periodo de referencia. El concepto de condición de actividad considera la clasificación de las personas en dos ámbitos generales: población en la fuerza de trabajo (personas ocupadas y desocupadas) y población fuera de la fuerza de trabajo.
1. Personas ocupadas: trabajaron por lo menos una hora en el período de referencia o que, aunque no trabajaran, tenían un empleo al que no asistieron temporalmente por razones circunstanciales, planeadas o inesperadas (enfermedad, licencia, vacaciones, paro, beca, daño de equipo, inundación, entre otros), las cuales se consideran personas ocupadas ausentes del empleo.
2. Personas desocupadas: considera a las personas que estaban sin trabajo durante la semana de referencia, estaban disponibles para trabajar de inmediato y realizaron gestiones concretas durante las últimas cuatro semanas para encontrar un empleo asalariado o independiente, o aun cuando no realizaron gestiones no lo hicieron porque ya habían encontrado trabajo, esperaban el reinicio de operaciones por suspensión temporal de la actividad, o esperaban respuesta de gestiones hechas con anterioridad.
3. Fuera de la fuerza de trabajo: las personas que, en ausencia de empleo, no realizaron gestiones activas de búsqueda de empleo de manera reciente, aun cuando podrían tener disponibilidad inmediata de participar en la producción de bienes y servicios económicos, pero no realizaron gestiones concretas de búsqueda de empleo durante el período de referencia. Se consideran además las personas que tenían disponibilidad para participar en actividades económicas en otro momento o que del todo no desean, o que no tenían disponibilidad para trabajar.