{"vid":"V950","name":"B07","file_id":"F7","var_dcml":"0","var_intrvl":"discrete","var_width":"2","var_rec_seg_no":"1","labl":"\u00bfQu\u00e9 tipo de Seguro Social tiene (persona)?","var_imputation":"No se imputan datos","var_security":"Es de acceso p\u00fablico","var_respunit":"Personas de 15 a\u00f1os o m\u00e1s de edad, que sea miembro de la familia","var_qstn_preqtxt":"Esta pregunta es planteada ante el informante o autoinformante y este debe responder el tipo de seguro que posee la persona en cuesti\u00f3n. El entrevistador clasifica a la persona en la categor\u00eda de respuesta adecuada.","var_qstn_qstnlit":"\u00bfQu\u00e9 tipo de Seguro Social tiene (nombre)?","var_qstn_postqtxt":"Esta pregunta posee un encabezado que gu\u00eda al entrevistador en la aplicaci\u00f3n de la pregunta. Consta de filtros que ayudan a ubicar m\u00e1s f\u00e1cilmente a la poblaci\u00f3n objetivo y volver la entrevista mucho m\u00e1s fluida.\n\nEstos filtros estan sombreados para una mejor visualizaci\u00f3n de los mismos.","var_qstn_ivulnstr":"Usted  debe  hacer  esta  pregunta  para  todos  los  miembros  del  hogar, independientemente  de  su  edad.  Su  objetivo  es  investigar  la  condici\u00f3n  de aseguramiento de la poblaci\u00f3n, es decir, estimar el n\u00famero de personas cubiertas por los diferentes reg\u00edmenes de seguridad social de la Caja Costarricense del Seguro Social que existen en el pa\u00eds, as\u00ed como la poblaci\u00f3n no cubierta por alg\u00fan tipo de aseguramiento. Se sabe que la mayor\u00eda de los habitantes est\u00e1n cubiertos por alguno de los reg\u00edmenes. Sin embargo, existen diferentes tipos de afiliaci\u00f3n, dependiendo de la forma en que las personas adquieren el derecho a recibir los beneficios que ofrece la Caja Costarricense de Seguro Social. Algunos individuos son asegurados porque, como asalariados, los patronos est\u00e1n en la obligaci\u00f3n de deducirles del salario la respectiva cuota; otros porque, sin ser asalariados, se afilian voluntariamente; algunos por ser pensionados; y, la mayor\u00eda, por ser familiares o dependientes de estas personas. Para obtener la informaci\u00f3n, usted debe hacer la pregunta tal como aparece en el cuestionario y tomar en cuenta las siguientes indicaciones para anotar una respuesta correcta.\n\nAsegurado directo asalariado (01)\nEs la persona que trabaja para un patrono en una empresa o instituci\u00f3n p\u00fablica o privada y que, por lo tanto, devenga un salario monetario, del cual le deduce el patrono la cuota de seguro social ya que los asegurados directos, as\u00ed como sus patronos, deben por ley pagar las respectivas cuotas a la Caja Costarricense de\nSeguro Social. Deben estar en planillas. No obstante, por diversas razones existen trabajadores asalariados que no est\u00e1n asegurados, o que est\u00e1n asegurados por cuenta propia. Ello es debido a que en algunos casos los patronos no los reportan en planilla para evadir el pago de las cuotas que les corresponde, en otros casos, es el trabajador el que prefi ere asegurarse por cuenta propia para que no le rebajen del salario las\ncuotas respectivas, pues \u00e9stas pueden ser m\u00e1s altas que las que paga como asegurado por cuenta propia.\nPor lo tanto, siempre es preciso preguntar al informante si las cuotas se las deducen o no del salario, si es as\u00ed, anote el c\u00f3digo 01.\n\nAsegurado directo mediante convenio (02)\nEsta categor\u00eda incluye a todas las personas aseguradas mediante convenio suscrito por la Caja Costarricense de Seguro Social con entidades p\u00fablicas o privadas tales como asociaciones, sindicatos, cooperativas, etc. Con tales convenios se establecen seguros colectivos que proporcionan aseguramiento de bajo costo a todos los miembros de ese tipo de organizaciones. Por lo general, los pagos de cotizaciones los efect\u00faa la empresa como un todo, y no cada asociado por separado. Es decir, las cuotas no son rebajadas mensualmente de sus ingresos. Generalmente son miembros de alg\u00fan grupo organizado; si no es as\u00ed explique porque no es afiliado con una nota. Actualmente hay cooperativas que ofrecen el servcio de afiliaci\u00f3n sin exigir asociarse, especialmente en P\u00e9rez Zeled\u00f3n. Es posible que muchos trabajadores asegurados mediante este tipo de convenios no sepan exactamente cu\u00e1l es su condici\u00f3n de aseguramiento, por lo que es conveniente preguntar al informante si la empresa u organizaci\u00f3n de la que es miembro tiene alg\u00fan convenio especial con la Caja Costarricense de Seguro Social, sobre todo en el caso de los miembros de cooperativas, asociaciones, sindicatos, y organizaciones similares. Cabe aclarar que existen otros tipos de convenios especiales suscritos por la Caja Costarricense de Seguro Social con entidades p\u00fablicas nacionales e internacionales para asegurar a estudiantes de bajos ingresos, funcionarios de organismos internacionales residentes en el pa\u00eds, refugiados, etc. Estas personas deben ser clasificadas en la categor\u00eda \u201cOtras formas\u201d, c\u00f3digo 09.\n\nAsegurado directo por cuenta propia (03)\nEs aquella persona que se asegura por cuenta propia en forma voluntaria, pagando directamente a la Caja Costarricense de Seguro Social una suma mensual. En este grupo se encuentran personas de diferente categor\u00eda ocupacional (trabajador por cuenta propia e incluso personas desocupadas o inactivas que deciden asegurarse voluntariamente).\nHay dos tipos de asegurado por cuenta propia:\n1. Voluntario: Cotiza tanto para el seguro de enfermedad como para el r\u00e9gimen de IVM. No goza de incapacidades. \n2. Trabajador independiente: Cotiza tanto para el seguro de enfermedad como para el r\u00e9gimen de IVM . S\u00ed goza de incapacidades.\n\nAsegurado directo por cuenta del Estado y familiar de asegurado por el Estado (04)\nEl \u201cSeguro por Cuenta del Estado\u201d protege a las personas pertenecientes a n\u00facleos familiares de muy escasos recursos econ\u00f3micos, que son incapaces de satisfacer sus necesidades b\u00e1sicas de alimentaci\u00f3n, vestido, vivienda, y que no tienen posibilidades de asegurarse mediante ninguna otra forma. En Costa Rica la ley obliga al Estado a asegurar a esta poblaci\u00f3n, previa realizaci\u00f3n de un estudio socioecon\u00f3mico que demuestre que el solicitante de este tipo de seguro es indigente. El seguro cubre a todo el n\u00facleo familiar del asegurado directo por cuenta del Estado: c\u00f3nyuge, hijos menores de 18 a\u00f1os; o discapacitados de cualquier edad, y dependientes. Si bien todas las personas con las caracter\u00edsticas se\u00f1aladas tienen derecho a este seguro, no todas estas personas est\u00e1n afiliadas como aseguradas por cuenta del Estado. La Caja Costarricense de Seguro Social extiende a los afiliados un carn\u00e9 de asegurado por el Estado. Por lo general, el carn\u00e9 de afiliado se le extiende al jefe de familia, con lo cual quedan afiliados los dem\u00e1s miembros dependientes del n\u00facleo familiar aunque no tengan carn\u00e9. Este carn\u00e9 tiene un plazo fijo de vencimiento. En esta categor\u00eda se desea estimar el n\u00famero de asegurados afiliados por cuenta del Estado; por lo tanto usted debe preguntar al informante si el jefe del hogar u otro miembro posee carn\u00e9 de asegurado por el Estado con plazo vigente. Si la persona dice tener este tipo de seguro pero ni el jefe ni ning\u00fan miembro del hogar poseen el carn\u00e9, entonces no debe ser anotada en esta categor\u00eda. Todas las personas menores de edad tienen derecho a la seguridad social. Cuando no las cobijan otros reg\u00edmenes disfrutar\u00e1n de este derecho por parte del Estado. Los carn\u00e9 de aseguramiento de estudiante dicen \u201cpor el Estado\u201d, entrevistador, todos los asegurados por ser estudiantes deben ser codificados con c\u00f3digo 09; el 04 es exclusivo para personas o familias que tienen problemas econ\u00f3micos y no pueden ser asegurados de otra manera.\n\nFamiliar de asegurado directo \u201casalariado, mediante convenio, voluntario \u00f3 cuenta propia\u201d(05)\nTodos los asegurados directos generan beneficios para sus familiares y dependientes, los cuales se incluyen en esta categor\u00eda. Es necesario tener cuidado en cuanto a la interpretaci\u00f3n de la respuesta de los informantes, pues existe otro tipo de asegurados familiares, que son los familiares y dependientes de los pensionados (v\u00e9ase la categor\u00eda \u201cFamiliar de pensionado\u201d) y que err\u00f3neamente son incluidos en \u201cfamiliar de asegurado directo\u201d, por lo que usted debe tener cuidado de ubicarlo en la categor\u00eda correspondiente. Como familiares del asegurado directo se consideran:\na) Su esposa(o) o compa\u00f1era(o).\nb) Los hijos menores de cualesquiera de los c\u00f3nyuges y los hijos menores de padres no casados entre s\u00ed que convivan con ellos hasta que cumplan los 18, o mayores hasta los 22 a\u00f1os (inclusive) siempre y cuando cursen estudios de ense\u00f1anza media o t\u00e9cnica. Tambi\u00e9n tienen derecho los hijos de hasta 25 a\u00f1os (inclusive) que cursan estudios de ense\u00f1anza superior; y los hijos con discapacidad severa de cualquier edad que dependan\necon\u00f3micamente del asegurado directo.\nc) La madre natural o adoptiva o la mujer que le hubiere prodigado los cuidados propios de madre.\nd) El padre natural o de crianza de m\u00e1s de 60 a\u00f1os, o menor de esa edad pero con discapacidad severa, siempre que en uno u otro caso dependa econ\u00f3micamente del asegurado.\ne) Los hermanos menores de 18 a\u00f1os o mayores hasta los 22 a\u00f1os (inclusive) que cursen estudios de ense\u00f1anza media. Tambi\u00e9n tienen derecho los hermanos de hasta 25 a\u00f1os (inclusive) que cursan estudios de ense\u00f1anza superior; y los que tengan discapacidad severa. Se entiende que esos hermanos han de tener una relaci\u00f3n de absoluta dependencia econ\u00f3mica con respecto al asegurado directo que los protege, adem\u00e1s de ser solteros y cumplir normalmente los estudios.\nf) Otros menores de 18 a\u00f1os de edad, de 22 (inclusive) y hasta los 25 (inclusive) si cursan estudios de ense\u00f1anza media, t\u00e9cnica o universitaria. Deben depender econ\u00f3micamente de \u00e9l.\n\nPensionado del R\u00e9gimen No Contributivo por monto b\u00e1sico (06)\nEn Costa Rica existe un r\u00e9gimen de pensiones que protege a los ancianos, a los discapacitados, a las madres solas y a los hu\u00e9rfanos en evidente estado de necesidad, que no disfrutan de los beneficios de los restantes reg\u00edmenes de pensiones existentes en el pa\u00eds. Es el \u201cR\u00e9gimen No Contributivo de Pensiones\u201d, administrado por la Caja Costarricense de Seguro Social y financiado por el Fondo de Asignaciones Familiares. Se le denomina as\u00ed porque sus beneficiarios no pagan cuotas (contribuciones) durante su vida activa para obtener el derecho a la pensi\u00f3n. Las pensiones del R\u00e9gimen No Contributivo se retiran generalmente en las oficinas de la Caja Costarricense de Seguro Social por lo que se debe tener cuidado, pues las personas tienden a confundirlas con las pensiones del R\u00e9gimen de Invalidez, Vejez y Muerte, que es el otro r\u00e9gimen de pensiones que administra esa instituci\u00f3n. En caso de que tenga duda, usted puede cerciorarse del tipo de pensi\u00f3n preguntando al informante el monto de la pensi\u00f3n que recibe: todas las pensiones del R\u00e9gimen No Contributivo son de montos muy bajos: de \u00a250 000 hasta un m\u00e1ximo de \u00a257 500. Para las personas con par\u00e1lisis cerebral el monto fijado por mes es de \u00a2144 796. Tenga presente que esta categor\u00eda es distinta a la de \u201casegurado por el Estado\u201d y que una de las diferencias la hace el subsidio econ\u00f3mico que reciben los asegurados Directos del R\u00e9gimen No Contributivo.\n\nPensionado del r\u00e9gimen no contributivo de Gracia o Guerra (11)\nEste tipo de pensionado es un pensionado de Gobierno y se refiere a las personas que participaron en la Guerra o bien estuvieron en el ejercito alrededor de los a\u00f1os 1950 y que una vez finalizada esta guerra se les dio una pensi\u00f3n por concepto de guerra. Se llama no contributivo porque ellos no cotizaron para ese r\u00e9gimen como los hacen, por ejemplo los asegurados directos asalariados, para el r\u00e9gimen de IVM, o para el de Hacienda o Magisterio. Se debe incluir en esta categor\u00eda a los pensionados de guerra, si esta es la \u00fanica raz\u00f2n por la que disfruta de los beneficios de la seguridad social.\n\nPensionado del r\u00e9gimen de IVM de la CCSS (07)\nTodos los pensionados tienen derecho a recibir los servicios de salud que brinda la CCSS. El pensionado de la Caja Costarricense de Seguro Social es una persona que durante su vida activa fue asegurado directo, pag\u00f3 cuotas al R\u00e9gimen de Invalidez, Vejez y Muerte, y actualmente disfruta de una pensi\u00f3n por invalidez o por vejez de parte de esta instituci\u00f3n. El monto m\u00ednimo para pensionarse por la CCSS es de \u00a282 500. Si una persona se ha pensionado por la CCSS y cualquier otro r\u00e9gimen debe anotarse como \u201cpensionado\u201d. En ciertos casos puede ocurrir que alg\u00fan pensionado por vejez (jubilado) haya buscado trabajo, es decir, que a pesar de ser pensionado pertenezca a la fuerza de trabajo. Si \u00e9ste es el caso, se debe anotar a la persona con una condici\u00f3n de aseguramiento de \u201cpensionado\u201d, incluso si esa persona es asalariada y actualmente cotiza para el R\u00e9gimen de Enfermedad y Maternidad. Cuando una persona hereda una pensi\u00f3n de un fallecido, hereda todos los beneficios. Debe codificarse con 07.\n\nPensionado del r\u00e9gimen del Magisterio, Poder Judicial, Hacienda, otro. (12)\nExisten otras personas que actualmente disfrutan de una pensi\u00f3n por haber laborado durante su vida activa en alguna de las instituciones del sector p\u00fablico que cuentan con reg\u00edmenes especiales de pensiones, diferentes a los que administra la Caja Costarricense de Seguro Social. Por ejemplo, personas con pensi\u00f3n del Magisterio Nacional, del Ministerio de Hacienda, de la Corte Suprema de Justicia, de Correos y Tel\u00e9grafos, de Ferrocarriles, o del Ministerio de Obras P\u00fablicas y Transporte, etc. Cuando una persona hereda una pensi\u00f3n de un fallecido, hereda todos los beneficios. Debe codificarse con 12.\n\nFamiliar de pensionado (de la CCSS, Hacienda, Magisterio y R\u00e9gimen No Contributivo) (08)\nIncluye: a los familiares y dependientes de los pensionados fallecidos (esposa o compa\u00f1era, hijos, hermanos y padres) siempre y cuando no hayan heredado la pensi\u00f3n; si este es e caso debe codificarse en 07, 11, 12 dependiendo de la pensi\u00f3n heredada. Esta condici\u00f3n les da el derecho al igual que a sus familiares y dependientes a recibir los\nbeneficios de asistencia m\u00e9dica (Seguro de Enfermedad y Maternidad). Adem\u00e1s a los familiares y dependientes, de cualesquiera de los tres tipos de pensionados (CCSS; reg\u00edmenes especiales del Magisterio, Hacienda, etc.; y R\u00e9gimen No Contributivo de Pensiones). Los requisitos para calificar como asegurado familiar de pensionado son los mismos de los de familiar de asegurado directo (c\u00f3digo 05).\n\nOtras formas (09)\nSe incluyen aqu\u00ed diferentes grupos de personas que tienen derecho a los beneficios del R\u00e9gimen de Enfermedad y Maternidad por diversas razones.\na) En primer lugar, en esta categor\u00eda entran los estudiantes asegurados mediante convenios de la Caja Costarricense de Seguro Social con INSTITUCIONES DE EDUCACION. Si los estudiantes tienen esta forma de seguro, pero tambi\u00e9n tienen seguro social por ser dependientes de un asegurado directo, (c\u00f3digos 01 a 03); an\u00f3telo con c\u00f3digo 05, o con c\u00f3digo 04 si en el hogar un miembro del cual depende tiene este tipo de seguro, o bien, anota c\u00f3digo 08 si es familiar de pensionado. S\u00f3lo si la \u00fanica forma de obtener los beneficios de la Seguridad Social es por medio de seguro de estudiantes,\nusted anotar\u00e1 esta categor\u00eda (09).\nEs importante anotar aqu\u00ed que deben tener carn\u00e9 de asegurado que los acredite como tales. Algunas instituciones de ense\u00f1anza son las que hacen los tr\u00e1mites para obtenci\u00f3n del carn\u00e9 ante la CCSS.\nb) En segundo lugar, incluye a los asegurados de reg\u00edmenes de seguridad social de pa\u00edses de Am\u00e9rica Central y M\u00e9xico, con los cuales la instituci\u00f3n ha establecido convenios y a funcionarios extranjeros acreditados en nuestro pa\u00eds, o de organizaciones internacionales, siempre y cuando su seguro sea con la Caja Costarricense de Seguro Social.\nc) Comprende, tambi\u00e9n, a los asegurados mediante convenios internacionales para atender a los refugiados, por ejemplo los refugiados provenientes de Am\u00e9rica Central.\nd) Antes se inclu\u00edan en esta opci\u00f3n los pensionados de guerra ahora quedar\u00e1n en el c\u00f3digo 11.\n\nNo asegurado (10)\nEsta categor\u00eda incluye a todas las personas que no se ubican en ninguna de las categor\u00edas anteriores, y que por lo tanto no tienen protecci\u00f3n del Seguro de Enfermedad y Maternidad de la Caja Costarricense del Seguro Social. Hay una considerable proporci\u00f3n de asalariados que por diversas razones no est\u00e1n asegurados; adem\u00e1s, personas de otras categor\u00edas ocupacionales y sus familiares, como trabajadores independientes (patronos y cuenta propia) y familiares sin sueldo, no est\u00e1n asegurados porque la ley no los obliga y no se acogen al seguro voluntario. Tambi\u00e9n en esta categor\u00eda se incluyen aquellas personas de escasos recursos que califican para ser asegurados por el Estado, pero que por alguna raz\u00f3n no han solicitado su carn\u00e9 de asegurado por el Estado. En este grupo, por lo tanto, hay personas de diferentes niveles socioecon\u00f3micos, algunas de las cuales tienen suficientes recursos econ\u00f3micos y prefieren pagar los servicios m\u00e9dicos privados, o pagar directamente la consulta en el momento en que utilizan los servicios de la Caja Costarricense de Seguro Social. Con base en las definiciones sobre los diferentes tipos de aseguramiento, usted debe hacer la pregunta para todos los miembros del hogar antes de pasar a la siguiente pregunta. Puede ayudar al informante y ayudarse usted mismo a ubicar correctamente la respuesta, mediante algunas de las siguientes preguntas: \u00bfTienen ustedes seguro social? \u00bfEst\u00e1n aseguradas todas las personas de esta casa o s\u00f3lo algunas de ellas? \u00bfQui\u00e9n o qui\u00e9nes pagan el seguro? La persona o personas que pagan el seguro, \u00bfson asalariadas, lo pagan voluntariamente, son pensionadas, o son aseguradas por el Estado? Si la persona es pensionada, \u00bfqu\u00e9 tipo de pensi\u00f3n tiene? \u00bfCu\u00e1les familiares est\u00e1n asegurados por parte del asegurado directo o pensionado? Con las respuestas que d\u00e9 el informante, usted podr\u00e1 ir se\u00f1alando la categor\u00eda de asegurado de cada miembro del hogar, y anotando el c\u00f3digo en el n\u00famero de l\u00ednea correspondiente.","var_val_range":[{"units":null,"min":"1","max":"99"}],"var_universe":"Condici\u00f3n de aseguramiento de las personas.","universe_clusion":"I","var_sumstat":[{"value":"48071","type":"vald"},{"value":"4620482","type":"vald"},{"value":"0","type":"invd"},{"value":"0","type":"invd"}],"var_txt":"Esta variable permite identificar si los miembros del hogar est\u00e1n asegurados. 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