{"vid":"V1140","name":"Rela_parent","file_id":"F4","var_dcml":"0","var_intrvl":"discrete","var_width":"8","labl":"A3_Relaci\u00f3n de parentesco","var_imputation":"No se imputa.","var_security":"Uso p\u00fablico.","var_qstn_qstnlit":"Variable creada.","var_val_range":[{"units":null,"min":"1","max":"3"}],"var_universe":"Persona de 18 a\u00f1os y m\u00e1s miembro del hogar, seleccionada con el m\u00e9todo de Kish.","universe_clusion":"I","var_sumstat":[{"value":"11675","type":"vald"},{"value":"3941700","type":"vald"},{"value":"0","type":"invd"},{"value":"0","type":"invd"}],"var_txt":"V\u00ednculo o relaci\u00f3n de parentesco de las personas con respecto al jefe o jefa del hogar o persona de referencia.","var_catgry":[{"value":"1","labl":"Jefatura","stats":"2067431","type":"freq"},{"value":"2","labl":"C\u00f3nyuge","stats":"871196","type":"freq"},{"value":"3","labl":"Otros","stats":"1003073","type":"freq"}],"var_codeinstr":"Variable recodificada, mediante A3. Se recodifica la variable A3 en tres grupos, los cuales son los jefes o jefas, c\u00f3nyuges y otros familiares o no\nfamiliares.  Ver diccionario.\n\nJefatura\t                                                                1\tA3=1\t\nC\u00f3nyuge\t                                                                2\tA3=2\t\nOtros (hijos\/as, yernos\/as, nietos\/as                     \t3\tA3>=3 y A3<13\t\n, padre, madre, suegro\/a, etc.)","var_concept":[{"name":"Jefe o jefa: es la persona o personas consideradas como jefatura por las dem\u00e1s personas del hogar. Esta persona debe ser la primera que se lista y respecto a ella se establecer\u00e1n las relaciones de parentesco de las dem\u00e1s personas del hogar. Pueden existir hogares en los que se identifique m\u00e1s de una persona como jefatura del hogar, por lo que se deber\u00e1 escoger una y con respecto a ella establecer las relaciones de parentesco. En los grupos no familiares la jefatura es la persona que tiene la autoridad m\u00e1xima, la que lleva la administraci\u00f3n del hogar, la que tiene m\u00e1s tiempo de residir ah\u00ed o la de m\u00e1s edad. Estos criterios tambi\u00e9n son v\u00e1lidos si la persona informante de un hogar que constituye un grupo familiar, no logra se\u00f1alar expresamente cu\u00e1l es la persona jefa de dicho hogar. En el caso de una persona que vive sola, ella misma es la jefatura del hogar. Esposo(a) o compa\u00f1ero (a): es la pareja conyugal de la persona que se anot\u00f3 en la l\u00ednea 01, independientemente del estado civil. En el caso de las parejas del mismo sexo, debe hacer la observaci\u00f3n en la tableta, esto con el prop\u00f3sito de corroborar que no se incurri\u00f3 en un error al anotar la pareja con el mismo sexo. Hijo(a): todas aquellas personas del hogar que la jefatura considere como hijos, sean biol\u00f3gicos, de crianza o reconocidos (por adopci\u00f3n legal). En el caso de hijastros(as) (hijos de la pareja), deben considerarse hijos solo s\u00ed de esa manera son considerados por la jefatura. Puede adem\u00e1s suceder que, un nieto (biol\u00f3gicamente hablando), se considerado como un hijo; se recalca, interesa anotarlo tal como lo considere la jefatura del hogar. Hijastro(a): son los hijos o hijas de la pareja del jefe del hogar y que as\u00ed son vistos por el jefe, tenga presente la posibilidad de que estos sean considerados como \u201cotro no familiar\u201d por parte del jefe. Tambi\u00e9n puede haber hijastros y no ser hijos de la actual pareja del jefe, en este sentido se insiste en que deben anotarse seg\u00fan la manera como lo considere el jefe del hogar. Yerno o nuera: es el esposo (a) o compa\u00f1ero (a) de alguno de los hijos (as) o hijastros (as) de la jefatura del hogar. Nieto(a): son los descendientes en primer grado de los hijos o hijas de la persona considerada como jefatura del hogar. Padre, madre: este es el progenitor(a) de la jefatura del hogar, nuevamente considere que puede o no, serlo biol\u00f3gicamente. Suegro(a): es el padre o madre de la pareja del c\u00f3nyuge. Hermano(a) es la persona que con respecto a la jefatura, tiene el mismo padre o la misma madre. Cu\u00f1ado (a): se consideran en esta categor\u00eda tanto a los hermanos (as) del c\u00f3nyuge, como a los c\u00f3nyuges de los hermanos (as) de la jefatura del hogar. Otro familiar: incluye t\u00edos(as), primos(as), sobrinos(as) u otros(as) familiares no considerados en las categor\u00edas anteriores. Otro no familiar: incluye a aquellas personas que residen habitualmente en la vivienda y no pueden ubicarse en alguna de las categor\u00edas anteriores. Se ubican en esta categor\u00eda las personas sin v\u00ednculos familiares que, por motivos de trabajo o estudio, se unen para compartir una vivienda y no tienen otra residencia habitual, pero no brindan una contraprestaci\u00f3n monetaria para residir en la vivienda. Servicio dom\u00e9stico o su familiar: Comprende el servicio dom\u00e9stico que reside en la vivienda as\u00ed como alg\u00fan familiar que depende de \u00e9l y reside habitualmente en la vivienda de los patronos. En el caso de las personas que son familiares de la jefatura del hogar y ejercen un trabajo remunerado dentro de la vivienda como servidores dom\u00e9sticos, se debe anotar el c\u00f3digo correspondiente a la relaci\u00f3n de parentesco, siempre que sea esta relaci\u00f3n familiar la que determine su permanencia en el hogar. Pensionista o su familiar: comprende aquellas personas que aportan una contraprestaci\u00f3n monetaria previamente estipulada, por concepto de alojamiento y no tienen otra residencia habitual; ya sea que compartan o no los alimentos con los dem\u00e1s miembros del hogar; considere los familiares de los inquilinos dentro de esta categor\u00eda.","vocab":null,"uri":null}],"var_format":"numeric","var_format_schema":"other","fid":"F4","sid":"351","survey_idno":"IDD-CRI-INEC-ENADIS-2023"}