Texto posterior a la pregunta (Post-pregunta)
Si la respuesta es igual a 2 pase a 14.
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Se identifica si la finca tiene o no una persona administradora, para lo cual lea la pregunta, espere la respuesta y marque la opción correspondiente. De haber seleccionado la opción “Sí”, continúe con la pregunta 11, de no ser así pase a la pregunta 14.
La presencia de una persona administradora se da cuando el productor o productora le delega o le encarga la responsabilidad directa de la administración de la finca agropecuaria a una tercera persona por la que usualmente esta recibe una remuneración. Esto puede presentarse tanto con personas físicas, como las constituidas en cooperativas, asociaciones, o en otro tipo de organización.
En el caso donde las personas físicas mencionen ser también administradoras, debe quedar consignado como que no tiene una persona administradora.