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* Para la ENAE, se considera trabajador tanto aquel que tiene jornada completa como el que trabaja una hora al mes en la empresa. No existe, por tanto, distinción respecto a la cantidad de trabajadores por horas laboradas.
* Aquellas personas que laboren en la empresa bajo la modalidad de contrato de Outsourcing, no son considerados como trabajadores de la empresa, no obstante, se consulta sobre su cantidad, sexo y posición.
* No se consideran los trabajadores contratados por servicios profesionales, ni los familiares no remunerados sin jornada que trabajan en la empresa.