Instrucciones para el encuestador
Si en la sección G indicó tener rebajos de seguro social (G18:1=1) debería tener el monto de dichas cargas sociales.
La mayoría de ocupados asalariados están afiliados al Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) de la CCSS, sin embargo, existen otros dos grandes regímenes básicos de pensión, los cuales son el Régimen de Pensiones del Magisterio Nacional y el Régimen de Pensiones del Poder Judicial.
Recuerde la relación de la pregunta D6, si marcó seguro de asalariado deben venir datos en esta pregunta. El entrevistador debe indagar a cuál régimen de pensiones pertenece el informante y nunca asumir la respuesta, por ejemplo, si trabajan en el Ministerio de Educación Pública, Universidades Públicas y el Poder Judicial, siempre se deben corroborar para cual cotizan.
Para el cálculo de las contribuciones sociales se realiza sobre el salario bruto y si registró un monto de horas extras, éstas se consideran al salario bruto.
Cuando el patrono y el asalariado lleguen a un acuerdo de presentar en planilla un salario más bajo para reducir costos, el cálculo se debe realizar sobre el salario bruto reportado en planilla, el entrevistador registra una observación indicando la situación.
Si el salario del informante proviene del extranjero, se debe consultar si se le realiza algún tipo de rebajo, ya sea, por seguro social o impuestos, es necesario registrar observaciones aclarando cada caso especial.
Si el patrono le da el dinero al asalariado para pagar por aparte su seguro, este no se considera como un rebajo o pago por seguro, se toma como parte del salario en incentivos y se realiza la observación correspondiente.